Guía Legal y Social
La rendición de cuentas de la pensión alimentaria es uno de los temas que más dudas genera entre madres y padres en procesos de divorcio o separación. ¿Quién debe justificar el uso de ese dinero? ¿Puede exigirse un desglose detallado? ¿Qué sucede si el otro progenitor sospecha un mal uso de los recursos?
Este artículo responde de forma clara y con base legal a todas estas preguntas. Analizaremos qué establece la legislación mexicana, qué ha dicho la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y cómo se puede actuar cuando hay una sospecha legítima de mal manejo de la pensión alimenticia.
¿Qué es la pensión alimentaria?
La pensión alimentaria es un derecho irrenunciable que tienen niñas, niños y adolescentes. Su finalidad es garantizar su desarrollo integral: alimentación, salud, educación, vestido, habitación, recreación y acceso a servicios básicos.
En México, este derecho está protegido tanto por el artículo 4º constitucional como por el Código Civil Federal . Es una obligación de ambos padres contribuir al sostenimiento de los hijos, y cuando uno no vive con ellos, la aportación se hace normalmente mediante una pensión determinada por un juez o por convenio.
¿La rendición de cuentas de la pensión alimentaria es obligatoria?
En términos generales, no es obligatorio de forma automática . La ley no impone al progenitor custodio la obligación de rendir cuentas periódicas sobre cómo usan los recursos recibidos por concepto de pensión alimenticia.
Esto tiene una lógica jurídica y social:
- La pensión no es una concesión del padre o madre que la paga, sino un derecho del menor .
- El sistema jurídico presume que quien tiene la custodia actuará en beneficio del hijo o hija.
- Pedir cuentas como regla general implicaría tratar al progenitor custodio como si fuera incapaz o deshonesto, y eso no debe presumirse sin pruebas.
¿En qué casos sí puede solicitarse la rendición de cuentas?
Aunque no es una regla, sí existen situaciones excepcionales en las que un juez puede ordenar la rendición de cuentas. Esto solo es posible cuando hay indicios claros y objetivos de que los recursos no están siendo usados en beneficio del menor.
Algunos escenarios donde puede proceder son:
1. Sospecha de uso indebido
Si hay pruebas de que el dinero se destina a gastos personales del progenitor custodio (lujos, viajes, bienes no relacionados con el menor), puede solicitarse una revisión judicial del uso de los fondos.
2. Evidente descubierto del menor
Cuando el hijo o hija no recibe una adecuada alimentación, vestimenta, médica o escolar, pese a que el monto de la pensión es suficiente.
3. Cambios drásticos en la situación económica
Si el progenitor custodio mejora notoriamente su economía (nuevo empleo, herencia, negocios), podría revisarse si aún se justifica la cantidad actual y cómo se está usando.
4. Montos desproporcionados
En algunos casos, los montos de pensión se fijan con base en ingresos altos, pero si el menor no parece beneficiarse de esos recursos, se puede pedir rendición de cuentas para verificar su destino.
¿Qué no es válido para exigir rendición de cuentas?
No todo desacuerdo o molestia justifica esta exigencia. Hay situaciones comunes donde no se puede proceder legalmente :
❌ Desconfianza sin pruebas
No basta con “sospechar” o “sentir” que se usa mal el dinero. La ley exige pruebas objetivas.
❌ Intento de control
Algunos progenitores exigen saber “en qué se usa cada peso” como forma de seguir teniendo poder o control sobre su expareja. Esto no es aceptable.
❌ Desconocimiento de lo que incluye la manutención
Muchos creen que la pensión solo cubre escuela, comida y ropa. Pero también debe cubrir vivienda, transporte, servicios, recreación y todo lo que contribuya al bienestar del menor.
❌ Uso de la pensión en gastos del hogar
Si se usa parte del dinero para pagar la renta o los servicios, eso no implica mal uso , siempre que beneficie al hijo o hija.
¿Qué ha dicho la Suprema Corte de Justicia de la Nación?
La SCJN ha dejado claro que no existe una obligación legal automática de rendición de cuentas, salvo en circunstancias especiales.
📌Jurisprudencia 1a./J. 44/2022 (10a.)
Determina que la rendición de cuentas no es una obligación inherente a la pensión alimenticia , salvo en casos donde se acrediten irregularidades.
📌 Tesis 183029
Reconoce que, aunque el progenitor custodio administra los recursos, puede ser requerido a rendir cuentas si existen pruebas objetivas de mal manejo.
📌 Enfoque de corresponsabilidad
La Corte ha reiterado que el objetivo de la pensión alimentaria no debe ser usada para generar conflictos ni ejercer control , sino para garantizar el desarrollo de los menores. Ambos padres deben cooperar desde la corresponsabilidad parental.
¿Cómo solicitar la rendición de cuentas?
Si existen motivos legítimos, el proceso debe seguirse con rigurosidad legal . No basta con una queja verbal.
1. Reunir pruebas
- Testimonios confiables
- Estados de cuenta que evidencian gastos sospechosos
- Fotografías o informes escolares/médicos.
- Comprobantes que demuestren el descuido del menor.
2. Presentar solicitud ante el juzgado familiar
Debe ser clara, detallada y bien argumentada. Lo ideal es contar con asesoría legal.
3. Disposición judicial
El juez analizará si hay mérito para ordenar la rendición de cuentas. Si considera que no hay fundamentos, puede desechar la solicitud.
4. Medidas correctivas
En caso de demostrarse un mal uso, el juez puede:
- Solicitar informes periódicos.
- Designar una figura de administración.
- Modificar el monto de la pensión.
- Implementar mecanismos de supervisión.
Consecuencias del mal uso de la pensión alimentaria
Cuando se demuestra un uso fraudulento o negligente de la pensión, el progenitor custodio puede perder el derecho a administrarla directamente , y en casos graves, se puede incluso revisar la custodia.
Sin embargo, estos casos son excepcionales. La mayoría de las veces, el problema radica en la falta de confianza o comunicación entre los progenitores.
¿Qué recomiendan los expertos?
Los abogados y psicólogos familiares coinciden en que:
- Evitar judicializar todo es lo mejor para el menor.
- La pensión no debe ser un campo de batalla.
- Si hay dudas razonables, acércate a un abogado. Pero no usa la pensión como un medio de presión o castigo.
Conclusión
La rendición de cuentas de la pensión alimentaria no es una obligación general. Solo procede en casos donde haya indicios reales de mal uso. Recordemos que este dinero no es un privilegio de los padres, sino un derecho de los hijos.
Antes de iniciar un proceso legal, es importante evaluar si realmente existe una afectación al menor o si se trata de un conflicto entre adultos. El enfoque debe estar siempre en el bienestar de niñas, niños y adolescentes.
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