Sociedades en Convivencia: Nuevas Uniones Legales

Las sociedades de convivencia, un tipo de unión legal vigente en algunas jurisdicciones, tuvieron su origen en el reconocimiento de parejas del mismo sexo. La Ley de Sociedades de Convivencia, establecida en 2006 en el Distrito Federal de México, creó un marco para la unión conocida como «sociedad de convivencia».

Esta sociedad se definía como la unión de dos personas, independientemente de su género, con la intención de formar un «hogar común, con voluntad de permanencia y ayuda mutua». Para constituir una sociedad de convivencia, se requería que ambas partes fueran mayores de edad, sin estar casadas, en concubinato ni en otra sociedad de convivencia, y que no fueran parientes en línea recta o colateral hasta el cuarto grado.

Aunque el registro no era obligatorio, esta figura legal tenía efectos frente a terceros. Entre sus implicaciones, destacan la obligación de proporcionarse alimentos, derechos sucesorios y la posibilidad de ejercer la tutela en relación con la otra persona.

Sin embargo, esta creación legal también suscitó críticas y desencadenó análisis judiciales. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) cuestionó la discriminación implícita al establecer una figura exclusiva para parejas del mismo sexo. En ciertos casos, como la acción de inconstitucionalidad 8/2014, la Corte declaró inconstitucional que solo esta figura estuviera disponible para parejas del mismo sexo, lo que impedía el acceso a la adopción.

Este enfoque hacia la «estabilidad, afectividad, solidaridad y ayuda mutua» refleja un cambio en el derecho de familia, alejándose de la regulación de la sexualidad y la reproducción para centrarse en relaciones de dependencia y cuidado. Las preguntas sobre la regulación de relaciones entre adultos siguen en pie: ¿deberían ser reconocidas legalmente otras relaciones además de las de pareja?, ¿podrían existir sociedades de convivencia para amigos que compartan dependencia y solidaridad?

En este contexto, la evolución del derecho familiar continúa. La constitución de una familia implica implicaciones legales más allá del derecho civil. Las sociedades de convivencia marcan una exploración en la búsqueda de nuevas formas de regulación legal para diversas relaciones entre adultos.

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